Incapacidad e invalidez: ¿en qué se diferencian?

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Los accidentes y las enfermedades pueden tener repercusiones para nuestra salud y nuestra vida, pero también sobre el ámbito laboral. Ciertas patologías e incidentes pueden causar que no podamos trabajar durante un tiempo, o de forma indefinida. En definitiva, podríamos estar en situaciones de incapacidad o invalidez.

Estos dos son términos muy similares pero que, en la práctica, significan cosas distintas. Conocer sus diferencias y tipos es muy importante, especialmente, si tenemos en cuenta que existen prestaciones sociales asociadas.

Diferencias entre incapacidad e invalidez

La Ley de Contrato de Seguro es la encargada de regular las diferencias entre incapacidad e invalidez. De su lectura, se puede entender que difieren de la siguiente manera:

  • Invalidez: es el término médico que indica una pérdida funcional.
  • Incapacidad: consecuencia derivada de una invalidez en el desempeño laboral. Puede ser temporal o permanente, dependiendo de si existe o no recuperación.

Por tanto, es necesario entender que, aunque podamos tener sufrir grado de invalidez, esto no significa que tengamos necesariamente una incapacidad. Por ejemplo, si tenemos problemas para caminar, pero trabajamos sentados, nuestro problema de salud no afectará al trabajo. En cambio, si nuestra profesión requiere estar de pie durante horas, sí que estaríamos ante un posible caso de incapacidad.

Tipos de incapacidad permanente

Ahora que conocemos la diferencia entre incapacidad e invalidez, es importante saber que existen varios tipos de incapacidad permanente. Concretamente, son 3:

  1. Incapacidad permanente parcial: el afectado puede continuar desarrollando su profesión habitual, pero su rendimiento laboral será menor.
  2. Incapacidad permanente total: el trabajador ya no puede llevar a cabo su profesión habitual. Sin embargo, puede dedicarse a otra actividad laboral distinta. Puede recibir ayudas económicas, a mayores del salario que pueda percibir de la nueva profesión.
  3. Incapacidad permanente absoluta o invalidez absoluta: el trabajador queda inhabilitado para el desempeño de cualquier actividad laboral. Conlleva una serie de ayudas sociales y fiscales.

Existen ciertos tipos de seguros que incluyen una prestación en caso de que el tomador se encuentre en una situación de incapacidad permanente sobrevenida. Este tipo de pólizas ofrecen tranquilidad tanto al beneficiario como a sus seres queridos, al suponer una fuente de ingresos.

Recuerda

La invalidez es un término médico, mientras que la incapacidad es la consecuencia laboral derivada de una invalidez.
La incapacidad dependerá mucho de la profesión que desempeña el afectado.
Existen tres tipos de incapacidad permanente: la parcial, la total y la absoluta.